¿ Sabías Que ? Si tienes un Dispositivo Fiscal de Facturación


imagen venta de equipo fiscales

¿ Sabías Que ? 
Si tienes un Dispositivo Fiscal de Facturación
Puedes esta Obsoleto a partir del 1 de enero 2019

   Los dispositivos Fiscales que fueron adquiridos desde el 2008 puede dejar de se usados si no cumplen con la nueva providencia SENIAT SNAT/2018/0141, la cual establece las nuevas condiciones para el almacenamiento de los recibos de auditoria, en otras palabras si su dispositivo Fiscal Caja Registradora o Impresora Fiscal, la cual requiere de un sistemas administrativo homologado por SENIAT, posee una copia de la factura en papel, impreso en el segundo rollo como respaldo o simplemente imprime en papel químico dejando una copia en papel, tales dispositivos ya no podrán usarse de manera regular como le venía haciendo. 
   A partir del 01 de enero de 2019, estos dejarán de estar homologados ante el SENIAT, teniendo que adecuar si es el caso o adquirir un nuevo dispositivo fiscal que cumpla con el almacenamiento de las facturas de auditoria en una memoria interna en dicho equipo. 
   Por lo tanto estos pasarán a usar dos tipos de memoria de almacenamiento una de auditoria para almacenar por lo menos 200.000 facturas u otros documentos fiscales, como copias, reportes X, programaciones y cualquier otro que se requiera, debiendo éstos tener un numero de serie correlativo por cada clasificación.  Con respecto a la memoria fiscal esta almacenará todos los reportes de las operaciones totales del día, llamado reporte Z, el cual tiene es de carácter obligatorio para la contabilidad de la empresa.
   Es de destacas que debe poseer un dispositivo para recuperar la información almacenada en la máquina, el cual puede ser un dispositivo alterno que debe suministrarlo el fabricante de la máquina fiscal, o en su defecto un programa (software) que haga la función de recuperar cualquier documento que sera exigido por el SENIAT al momento de una fiscalización.  





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